
El Juzgado de lo Penal número 2 de Murcia ha absuelto del delito de prevaricación al alcalde de Alguazas, José Antonio Fernández, que fue juzgado por la construcción de un edificio en un entorno protegido, porque no se ha demostrado que "a sabiendas, infringiera las obligaciones de observar la normativa urbanística".
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, utiliza como elemento a favor de la absolución lo declarado en la vista oral por la promotora de la edificación y también acusada, Consuelo Arnaldos, que exoneró de toda responsabilidad al alcalde y admitió que emprendió las obras sin contar con la oportuna licencia. En concreto, la sentencia añade que Arnaldos declaró durante la vista oral que Fernández no le concedió ninguna licencia de obras ni autorización para realizarlas, sino que le dijo "que debía seguir los trámites legales para conseguir la legalización correspondiente".

La sentencia recoge que en el acto del juicio el fiscal pidió para el edil una pena de prisión y la inhabilitación especial para el empleo o cargo público, mientras que para Consuelo Arnaldos solicitó 15 meses de prisión y multa de 15 meses, con una cuota diaria de doce euros, por un delito contra la ordenación del territorio.
{jathumbnail off}
La acusación particular, ejercida en nombre de la Asociación para la Conservación del Patrimonio Cultural de la Vega Media, pidió las mismas condenas, al considerar que habían incurrido en los delitos citados al permitir y realizar la obra en el entorno de protección de la conocida como Torre de los Moros, un edificio declarado Bien de Interés Cultural que data del siglo XIV.
La sentencia no es firme, ya que contra la misma puede ser presentado un recurso de apelación que resolverá la Audiencia Provincial. La acusación particular ha emitido un comunicado en el que lamenta la sentencia absolutoria y muestra su discrepancia.



